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XXXIX. La información de los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener por lo menos lo siguiente:

  1. a) De licitaciones públicas o procedimientos de invitación:
  2. La convocatoria o invitación emitida desde el primer día de su publicación, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;
  3. Los nombres de los participantes o invitados;
  4. El nombre del ganador y las razones que lo justifican;
  5. El área solicitante y la responsable de su ejecución;
  6. Las convocatorias e invitaciones emitidas;
  7. Los dictámenes y fallo de adjudicación;
  8. El contrato y, en su caso, los anexos;
  9. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
  10. La partida presupuestal de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable;
  11. Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva;
  12. Los convenios modificatorios que en su caso sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración;
  13. Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados;
  14. El convenio de terminación; y,
  15. El finiquito;
  16. b) De las adjudicaciones directas:
  17. La propuesta enviada por el participante;
  18. Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;
  19. La autorización del ejercicio de la opción;
  20. En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos;
  21. El nombre de la persona física o moral adjudicada;
  22. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;
  23. El contrato que deberá incluir su número, fecha, monto y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra;
  24. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
  25. Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados;
  26. Los Convenios modificatorios que en su caso se celebren;
  27. Los convenios de terminación; y,
  28. El finiquito.

En este apartado se dispone cuáles son los contenidos y la forma en que los sujetos obligados deberán publicar y actualizar la información que generen, relativa a los resultados de los procedimientos de licitación pública, invitación restringida y adjudicación directa, así como los equivalentes que realizan en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas –ambas reglamentarias del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos–; las que resulten aplicables en materia de adquisiciones, arrendamiento de bienes muebles, prestación de servicios y contrataciones de obras públicas, y los servicios relacionados con las mismas de las entidades federativas; los ordenamientos legales que regulen a los poderes Legislativo y Judicial y a los organismos autónomos; así como la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

En ese sentido, la información que deberá registrarse en la Plataforma Nacional, es aquella que acredite que ha concluido el procedimiento, es decir cuando los sujetos obligados ya tienen identificado a quién(es) se adjudicó, ganó la licitación realizada, o en su caso si se declaró desierta, por lo que el ejercicio deberá corresponder al periodo en el que ya se podía identificar al ganador. La información sobre los actos, contratos y convenios celebrados se presentará en una base de datos en la que cada registro se hará por tipo de procedimiento:

  • Licitación pública
  • Invitación a cuando menos tres personas (restringida)
  • Adjudicación directa

Para cada tipo de procedimiento se deberá especificar la materia:

  • Obra pública
  • Servicios relacionados con obra pública
  • Arrendamiento
  • Adquisición o
  • Servicios

Y el carácter:

  • Estatal
  • Nacional
  • Internacional (en cualquier modalidad específica)

Respecto de los documentos fuente solicitados en los criterios sustantivos que deban ser publicados, tales como contratos, convenios, actas, dictámenes, fallos, convenios modificatorios, informes, entre otros, incluyendo sus anexos correspondientes, exceptuando aquellos que sean demasiado extensos, se deberá elaborar versión pública de los mismos

Los sujetos obligados deberán asegurarse de que la información publicada en esta sección mantenga correspondencia y coherencia, con lo publicado en el sistema electrónico de información pública gubernamental sobre contrataciones, concursos, licitaciones, adquisiciones, arrendamientos y servicios, que en su caso cada entidad federativa desarrolle y administre.

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Periodo de actualización: trimestral.

Conservar en el sitio de Internet: información vigente, es decir, los instrumentos jurídicos vigentes, contratos y convenios, aun cuando ésos sean de ejercicios anteriores; la generada en el ejercicio en curso y la correspondiente a dos ejercicios anteriores.

Aplica a: todos los sujetos obligados.

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