frac50

L.- Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deban establecer

Se entiende por temas de interés público o trascendencia social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3, fracción XV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, aquella información que resulta relevante o beneficiosa para la sociedad y no simplemente de interés individual, cuya divulgación resulta útil para que el público comprenda las actividades que llevan a cabo los sujetos obligados.

Los sujetos obligados publicarán y actualizarán la información relativa a los indicadores que valoren los resultados del sujeto obligado en su conjunto, de acuerdo con su misión, objetivos y/o atribuciones previstas en las disposiciones que los regulen.

En el caso de los sujetos obligados que se regulen por la Ley General de Contabilidad Gubernamental así como por las disposiciones que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable que no cuenten con tales indicadores, los elaborarán observando lo establecido en los Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable antes citado, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2013 o sus subsecuentes modificaciones y podrán hacer uso de las Guías para la construcción de la MIR y para el diseño de indicadores que se encuentran disponibles en las páginas de Internet de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el CONEVAL.

Para ello, desde el sitio de Internet y el SIPOT se brindará la información de los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social, de tal forma que se posibilite la consulta por sujeto obligado, año y objetivos, en relación con los planes de desarrollo nacional, estatal o municipal o programas que deriven de estos; la misión institucional, entre otros.

Los sujetos obligados que no estén regulados por la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como por las disposiciones emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable referidas en el presente apartado, podrán sujetarse a éstas para efecto de dar cumplimiento a los presentes Lineamientos.

_______________________________________________________________________________________

Periodo de actualización: trimestral.

Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente a los seis ejercicios anteriores.

Aplica a: todos los sujetos obligados.

_______________________________________________________________________________________

Cuarto Trimestre 2021

Tercer Trimestre 2021

Segundo Trimestre 2021

Primer Trimestre 2021

Cuarto Trimestre 2020

Tercer  Trimestre 2020

Segundo Trimestre 2020

Primer Trimestre 2020

Cuarto Trimestre 2019

COPLAM (Formato 95FL-N)

Tercer Trimestre 2019

COPLAM (Formato 95FL-N)

Segundo Trimestre 2019

COPLAM (Formato 95FL-N)

Primer Trimestre 2019

COPLAM (Formato 95FL-N)

  • Cuarto Trimestre 2018

  • Tercer Trimestre 2018

  • Segundo Trimestre 2018

  • Primer Trimestre 2018

  • Cuarto Trimestre 2017

  • Tercer Trimestre 2017

  • Segundo Trimestre 2017

  • Primer Trimestre 2017