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LV.Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que con base en la información estadística responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público

En esta fracción los sujetos obligados publicarán información que favorezca el conocimiento de las actividades que llevan a cabo los sujetos obligados, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público y, en su caso, permita la difusión proactiva de información útil para disminuir asimetrías de la información, mejorar el acceso a trámites y servicios, detonar la rendición de cuentas efectiva y optimizar la toma de decisiones de autoridades o ciudadanos.

Los tipos de información que se darán a conocer en este apartado serán tres: Información de interés público, la que atienda a preguntas frecuentes y, en su caso, información útil generada de manera proactiva.

La información de interés público se publicará, con base en los Lineamientos para determinar los catálogos y publicación de información de interés público; y para la emisión y evaluación de políticas de Transparencia Proactiva aprobados por el Sistema Nacional y como se establece en el numeral Sexto de dichos lineamientos, es obligatoria tanto en su identificación como en su publicación. Dicha información podrá ser, de manera enunciativa y no limitativa: informes especiales, reportes de resultados, estudios, indicadores, investigaciones, campañas, alertas, prevenciones, mecanismos de participación ciudadana, acceso a servicios.

Asimismo y con base en lo establecido en el artículo 151 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa (LTAIPES), el sujeto obligado deberá publicar en datos abiertos, un índice de los expedientes clasificados como reservados, el cual incluirá los siguientes datos: área del sujeto obligado que generó la información; tema; nombre del documento; si se trata de una reserva completa o parcial; la fecha en que inicia y termina su reserva; la justificación y en su caso las partes del documento que se reservan y si se encuentra en prórroga. Cabe mencionar que este índice no podrá ser considerado como información reservada.

De igual forma, en este apartado se deberán publicar las cuotas de los derechos aplicables para obtener información con base en lo señalado en el artículo 145 de la LTAIPES.

Por otra parte, con base en el análisis de la información estadística con que cuentan los sujetos obligados respecto a las Preguntas frecuentes realizadas por las personas, se determinará un listado de temas y se publicarán las preguntas planteadas, así como las respuestas a cada una de éstas.

Adicionalmente, en su caso, deberá habilitarse un vínculo de acceso la información generada de manera proactiva por los sujetos obligados, en el marco de lo dispuesto en el Capítulo II del Título Tercero de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa y del apartado en dicha materia de los Lineamientos para determinar los catálogos y publicación de información de interés público; y para la emisión y evaluación de políticas de Transparencia Proactiva antes referidos.

La información que se publicará para dar cumplimiento a esta fracción deberá ser distinta o complementaria a la prevista en las demás disposiciones del Título Cuarto de la LTAIPES.

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Periodo de actualización: trimestral.

Conservar en el sitio de Internet: información vigente.

Aplica a: Todos los sujetos obligados.

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Cuarto Trimestre 2021

ACCESO A LA INFORMACIÓN (Formato 95FLVB)

DESARROLLO ECONOMICO (Formato 95FLVA)

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COMUNICACIÓN (Formato 95FLVA)

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EDUCACION Y CULTURA (Formato 95FLVA)

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PRESIDENCIA (Formato 95FLVA)

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SALUD (Formato 95FLVA)

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SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO (Formato 95FLVA)

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SEDESOL (Formato 95FLVA)

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SEGURIDAD PUBLICA (Formato 95FLVA)

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TESORERÍA (Formato 95FLVA)

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TRANSITO (Formato 95FLVA)

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SINDICO (Formato 95FLVA)

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