frac23

XXIII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, indicando el destino de cada uno de ellos 

Los sujetos obligados publicarán información sobre los recursos recibidos por cualquier concepto, de conformidad con la respectiva ley de ingresos, incluidos, los obtenidos por impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios, ayudas e ingresos derivados de financiamientos, así como los ingresos recaudados con base en las disposiciones locales aplicables en la materia.

De acuerdo con el artículo 61, inciso a) de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, aplicable a la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal (en su caso), estos sujetos obligados deberán incluir en sus leyes de ingresos y presupuesto de egresos u ordenamientos equivalentes los apartados específicos correspondientes a: 

Las fuentes de sus ingresos sean ordinarios o extraordinarios, desagregando el monto de cada una y, en el caso de las entidades federativas y municipios, incluyendo los recursos federales que se estime serán transferidos por la Federación a través de los fondos de participaciones y aportaciones federales, subsidios y convenios de reasignación; así como los ingresos recaudados con base en las disposiciones locales.

Esta información se organizará de tal forma que se identifiquen el (los) nombre (s) del (los) responsable (s) de recibir, administrar y ejercer los recursos; así como los informes trimestrales que especifiquen el destino de dichos recursos.

El registro del rubro y del tipo de los ingresos se basará en el Clasificador por rubros de ingresos aprobado y publicado por el Consejo de Armonización Contable (CONAC). Con fundamento en dicho clasificador, como parte de los rubros Aprovechamientos y Otros ingresos, se deberán registrar los donativos que reciba el sujeto obligado, toda vez que se especifica son parte de los ingresos de la siguiente manera: 

61 Aprovechamientos 

Son los ingresos que se perciben por funciones de derecho público, cuyos elementos pueden no estar previstos en una Ley sino, en una disposición administrativa de carácter general, provenientes de multas e indemnizaciones no fiscales, reintegros, juegos y sorteos, donativos, entre otros. 

79 Otros Ingresos 

Son los ingresos propios obtenidos por los Poderes Legislativo y Judicial, los Órganos Autónomos y las entidades de la administración pública paraestatal y paramunicipal por sus actividades diversas no inherentes a su operación que generan recursos y que no sean ingresos por venta de bienes o prestación de servicios, tales como donativos, entre otros.

_______________________________________________________________________________________

Periodo de actualización: trimestral

Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente a dos ejercicios anteriores.

Párrafo modificado POE 00/03/2021

Aplica a: todos los sujetos obligados.

______________________________________________________________________________________

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Capítulo III “De la Transparencia e Información sobre el ejercicio del gasto federalizado”, artículo 85: “Los recursos federales aprobados en el Presupuesto de Egresos para ser transferidos a las Entidades Federativas y, por conducto de éstas, a los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal se sujetarán a lo siguiente: Fracción II. Las Entidades Federativas enviarán al Ejecutivo Federal, de conformidad con los lineamientos y mediante el sistema de información establecido para tal fin por la Secretaría, informes sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos, respecto de los recursos federales que les sean transferidos”.

Cuarto Trimestre 2021

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIA-N)

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIB)

Tercer Trimestre 2021

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIA-N)

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIB)

Segundo Trimestre 2021

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIA-N)

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIB)

Primer Trimestre 2021

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIA-N)

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIB)

Cuarto Trimestre 2020

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIA-N)

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIB)

Tercer Trimestre 2020

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIA-N)

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIB)

Segundo Trimestre 2020

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIA-N)

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIB)

Primer Trimestre 2020

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIA-N)

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIB)

Cuarto Trimestre 2019

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIA-N)

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIB)

Tercer Trimestre 2019

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIA-N)

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIB)

Segundo Trimestre 2019

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIA-N)

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIB)

Primer Trimestre 2019

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIA-N)

TESORERÍA (Formato 95FXXIIIB)