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IX.- Los nombramientos, comisiones y licencias de los servidores públicos

En este apartado el sujeto obligado incluirá, en concordancia con su estructura orgánica y directorio los nombramientos otorgados a los servidores públicos que formen parte permanente de la plantilla laboral, desde el nivel de mandos medios y superiores hasta personal operativo y de confianza.

Se deberá publicar el nombre del servidor público, tipo de nombramiento, fecha de nombramiento, periodo de duración y área de adscripción en su caso, así como el fundamento legal que lo sustente y quien o quienes otorgaron el mismo.

Para el caso de las licencias, se entenderá la separación temporal del puesto o cargo para realizar actividades diversas a las que desempeña, con o sin goce de sueldo, por tiempo determinado o definitivo según sea el caso.

Por Comisión se entenderá como el encargo que recibe un servidor público o miembro de los sujetos obligados, para que desempeñe determinada función, la que podrá ser temporal o permanente según sean los objetivos que se persigan, si la comisión se vincula a una situación de emergencia, seguridad, etc. Esta cesará cuando desaparezcan los efectos del siniestro o peligro o cuando se haya restablecido la normalidad, o bien cuando la comisión de que se trate sea para realizar tareas que requieran permanentemente ser atendidas

Se considerarán comisiones o licencias por tiempo determinado aquellas que se otorgan al servidor público para realizar una actividad con fecha de inicio y termino de la misma, teniendo que incorporarse de nueva cuenta al cargo o puesto que le fue conferido. Ejemplo: comisión o licencia otorgada para la realización de estudios, de representación sindical etc.

Las definitivas son aquellas que pudieran darse cuando las actividades realizadas con motivo de la comisión o licencia otorgada conllevaran a la obtención de un puesto o cargo diverso. Ejemplo: cargos de elección popular, rescisión laboral voluntaria del servidor público (una vez concluido el término de la comisión o licencia) etc.

Se deberá exhibir el nombre del servidor público a quien se le otorgó la comisión o licencia, así como la fecha de inicio y termino, si es con o sin goce de sueldo, motivos por los que se otorga, en su caso los documentos que justifiquen la solicitud de la comisión o licencia y el nombre del o de los servidores públicos que la otorgaron o autorizaron.

Además, se publicará el hipervínculo al documento íntegro del nombramiento, así como a la solicitud de comisión o licencia realizada por el servidor público y el documento mediante el cual se otorga o niega la misma, y en su caso, el documento de prórroga de licencia o comisión signado por el servidor público que la está requiriendo.

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Periodo de actualización: trimestral.

En su caso, 15 días hábiles después de la designación de un nuevo nombramiento, o bien, cuando se comisione o conceda alguna licencia.

Conservar en el sitio de Internet: información vigente.

Aplica a: todos los sujetos obligados.

Formato 95FIX Secretaría